Normativa en la instalación de gas butano: Vivienda y Caravana

La normativa que regula las instalaciones de gas butano es el Real Decreto 919/2006 a través de las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITCs) tanto para las viviendas como para las caravanas.
ITC-ICG 06: Instalaciones de envases de GLP para uso propio (doméstico)
En la página 40 del RD 919/2006, se especifican una serie de normas de seguridad y técnicas que tanto el instalador como el dueño deben cumplir a la hora de realizar la instalación del gas butano en una vivienda, ya sea para la calefacción, agua caliente o cocina.
Las bombonas de gas butano cuyo peso sea mayor a 3 kg e inferior a 15 kg, y cuya función vaya a ser suministrar el gas a las instalaciones receptoras en un domicilio, deben seguir los siguientes requisitos de seguridad:
1. Ubicación de la instalación
Se permite la instalación en el interior y exterior de la vivienda, ya sea en el jardín, azotea o incluso en un balcón, siempre que se cumplan todas las demás condiciones.
No se permitirá la instalación de envases en viviendas cuyo piso esté más bajo que el nivel del suelo, como los sótanos. Se pueden hacer excepciones si la Comunidad Autónoma lo autoriza.
2. Bombonas
Los envases con válvula de seguridad deben colocarse siempre en posición vertical tanto si están llenos como si están vacíos.
Si existe una envase de reserva que no esté acoplado a la instalación, deberá colocarse obligatoriamente en un cuarto independiente de aquel donde se encuentre el envase en servicio.
3. Conexiones
De acuerdo con la norma UNE 60670-7, el técnico homologado debe realizar las conexiones a los aparatos de consumo y a la instalación receptora.
- Si la instalación está en el interior, no se permite la conexión de dos envases en batería, para el suministro continuado.
- Si la instalación está en el exterior, en alguna terraza, balcón o jardín, y los aparatos de consumo estén en el interior de la vivienda, se debe agregar, dentro de la misma, una llave general de corte de gas fácilmente accesible.
La regulación de presión desde el envase a los aparatos de consumo se realizará según la norma UNE 60670-4.
- Obligatoriamente, se debe intercalar un regulador en la conexión de los envases y los aparatos de consumo modelo RC-30B (conexión con boquilla) o RC-30R (conexión con rosca).
- Conexión con boquilla Conexión roscada.
- En cambio, si los aparatos han sido aprobados para funcionar a presión directa, la conexión debe realizarse por canalización rígida (tubos con armadura).
4. Distancias con otros aparatos
Las bombonas deben estar alejadas de toda clase de fuentes de calor directa. Por eso, se deben cumplir las siguientes distancias de seguridad:
Distancias de seguridad
- 1,5 m: Hogares para combustibles sólidos y líquidos y otras fuentes de calor. *Por falta de espacio, puede reducirse hasta 0,5 m.
- 50 cm: Tomas de corriente u otro tipo de conexión eléctrica.
- 30 cm: Hornillos, elementos de calefacción*, interruptores y conductores eléctricos. *Puede reducirse hasta 0,10 m si tiene protección contra radiación.
5. Almacenamiento
Capacidad total de almacenamiento no debe superar los 300 kg. Se obtiene sumando las capacidades unitarias de todos los envases incluidos tanto los llenos como los vacíos.
Los armarios destinados a alojar los envases de gases licuados (glp) sin conexión, menores de 15 kg, deben tener un espacio superior para que ninguna bombona.
6. Ventilación
Los armarios deben estar provistos en su base, o suelo inferior, de aberturas de ventilación permanente con el exterior del mismo.
En las instalaciones internas, deben instalarse las rejillas de ventilación necesarias para que el aire corra y cualquier fuga de gas pueda evacuarse rápidamente.
Ningún envase debe obstruir, parcial o totalmente, la superficie de ventilación.
Esquema de instalación del gas butano
El esquema de la instalación es uno de los documentos que la empresa instaladora debe realizar tomando en cuenta las medidas y las distancias de seguridad de cada localización.
Por tanto, te facilitamos la representación gráfica más común de una instalación individual (IRI), atendiendo a sus elementos más representativos: la bombona, el regulador, el limitador por cada aparato de consumos
No obstante, existe otro tipo de instalaciones denominadas: Instalación común (IRC) para los edificios o también la instalación por baterías, es decir, dos envases en descarga simultánea.
ITC-ICG 10: para autocaravanas
La Instrucción Técnica Complementaria ICG 10, ubicada la página 90 del BOE RD 919/2006, corresponde a la normativa para las instalaciones de gases licuados del petróleo (GLP) de uso doméstico en caravanas y autocaravanas.
Específicamente, las instrucciones del diseño de la instalación para las bombonas gas butano en las caravanas viene recogida en la norma UNE-EN 1949, válida para toda la Unión Europea.
A continuación, te resumimos lo más importante sobre las medidas de seguridad en la construcción e instalación de gas butano en vehículos habitables de recreo. Se excluye por tanto, cualquier aparato portátil que incorpore su propia alimentación de gas.
Normativa para las caravanas
1. Diseño de la instalación: instalación de gas en cobre y con llaves independientes de corte. No pueden existir existir uniones eléctricas.
2. Conexiones: en estacionamientos prolongados o si no se utiliza la instalación de gas, se deberán desconectar los envases de la instalación cerrando el regulador.
3. Funcionamiento: la instalación, los materiales y los equipos deben cumplen los requisitos de resistencia, presión de 30 mbar, y la estanquidad medidos con un manómetro manotermógrafo de rango 0 a 1 bar.
4. Almacenamiento de la botella de gas: Las botellas llenas o vacías deberán estar sujetas, con el vehículo en movimiento o detenido. Además, la bombona que suministra no puede estar cerca de las bombonas de reserva y debe tener 2 rejillas de mínimo 15 x 15 cm para la ventilación adecuada.
Certificados de la instalación en caravanas
Todas las empresas instaladoras de glp deben cumplir estrictamente la normativa a la hora de ejecutar la instalación y firmar los certificados correspondientes.
Una vez instalado todo el sistema de suministro, la empresa instaladora emitirá por triplicado, con copia para el titular de la instalación y para el órgano competente de la Comunidad Autónoma, el certificado de la instalación individual de gas en vehículos habitables de recreo (Modelo IRV-1) cuya vigencia será por cuatro años:
Una vez expedido el certificado de instalación, se considerará que la misma puede ponerse en servicio, y el titular podrá solicitar las botellas a la empresa suministradora.
En todo momento, el titular de la instalación deberá tener el certificado en vigor, para que cualquier autoridad de la Unión Europea pueda confirmar que la instalación de los envases GLP está en perfecto estado.
Para renovar el certificado a los 4 años, se deberá ejecutar las pruebas previas según la norma UNE-EN 1949, y posteriormente, certificar nuevamente como establece el RD 919/2006, con cumplimentando el Modelo IRV-2.
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